Cuando se acaba de informar que el juez imputa a la hija del Rey por delito fiscal y blanqueo, los medios de comunicación comentan también que la infanta podría librarse de ser juzgada si se aplica la conocida como “doctrina Botín”.
Esta doctrina del Supremo se estableció en una sentencia de 2007 cuando su Sala de lo Penal avaló una decisión previa de la Audiencia Nacional que limitaba la acción de las acusaciones populares.
Según se decía en su sentencia “no puede abrirse juicio oral solo a instancias de la acusación popular, sino que es necesario que lo inste bien el Ministerio Fiscal, bien el acusador particular”.
Lo que hay detrás de esta sentencia y su vinculación con Botín es muy interesante para conocer qué hay detrás de nuestra administración de Justicia porque lo que ocurrió fue sencillamente que se dieron órdenes desde el gobierno para que la fiscalía y la abogacía del Estado actuaran de forma que el Tribunal pudiese evitar juzgar al banquero.
Una operación de auténtica ingeniería jurídica que ahora pueden intentar realizar de nuevo.
Transcribo a continuación la explicación del caso que aparece en mi libro La crisis de las hipotecas basura. ¿Por qué cayó todo y no se ha hundido nada ? (Editorial Sequitur 2010).
Según informaba la web EL CONFIDENCIAL el 21 de septiembre de 2006 “durante los años 1988 y 1989, el Santander manejó cerca de medio billón de pesetas de dinero negro, que provenía de fuentes financieras más o menos inconfesables (…) El banco entregó al Fisco información falsa sobre 9.566 operaciones formalizadas que representaban 145.120 millones de pesetas. (…) A tal efecto, no dudó en declarar como titulares de las cesiones a personas fallecidas, emigrantes no residentes en España, ancianos desvalidos, trabajadores en paro, familiares de empleados del banco, antiguos clientes que ya no mantenían relación alguna con la entidad, etcétera”.
Como consecuencia del descubrimiento de esa serie de irregularidades, la acusación solicitó para el presidente del Banco de Santander, Emilio Botín, “un total de 170 años de prisión y una multa de 46.242.233,92 euros (7.694.060.334 pesetas), además de una responsabilidad civil de 84.935.195,86 euros (14.132.027.499 pesetas), que es el perjuicio causado con su actuación a la Hacienda Pública”.
Pues bien, el diario El País informaba el 27 de mayo de 2008 que para defenderse de la acusación de supuestos favores a ese banco, el ex Ministro de economía Rodrigo Rato presentó un escrito de la ex-Secretaria de Estado de Justicia y luego Vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, “en la que ésta pidió el 25 de abril de 1996 que se cursaran al Abogado del Estado
“instrucciones” sobre su actuación en el caso de las cesiones de crédito”, concretamente, pidiendo que no se dirigiera “acción penal alguna por presunto delito contra la Hacienda Pública, contra la citada entidad bancaria o sus representantes”.
Así funciona la justicia en España. Y estos son los intereses que protegen nuestros gobiernos. Ahora queda ver si de nuevo harán lo mismo para volver a evitar que todos seamos iguales ante la ley.
Juan Torres López
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